El pasado mes la Municipalidad aprobó un programa temporal, en beneficio de los contribuyentes lujaninos, que determina la flexibilización de las formas de pago de las tasas y servicios de la comuna. Este martes 15 de octubre, comenzó la segunda etapa que concluirá dentro de un mes.

Parque Cívico Luján de Cuyo.

El Honorable Concejo Deliberante de Luján de Cuyo, considerando la relevancia de los acontecimientos económicos-financieros que afronta el país, continúa implementando una acción inmediata para disminuir el impacto en la comunidad departamental. En esta línea, el órgano legislativo del Municipio sigue desarrollando un plan de facilidades de pago de los tributos municipales que incluye todas las deudas vencidas que los vecinos tengan con la comuna.

El beneficio apunta a reducir considerablemente el costo de los intereses, de tasas y servicios municipales, que adeuden los contribuyentes. Es importante destacar que la propuesta no incluye la flexibilización de todo tipo de multas y obras -entendiendo estas últimas como de asfalto, cloacas, agua, entre otras- y que cuando las deudas a incorporar al plan se encuentren total o parcialmente apremiadas, deberán incluirse en el monto adeudado de honorarios, comisiones y gastos adicionales que albergue el proceso.

Hasta el pasado martes 15 de octubre el plan rigió con el 80% de la bonificación en los intereses de un solo pago, el 65% en 3 cuotas y el 50% en 6. A partir del 15 de octubre y hasta el 15 de noviembre, en los mismos rangos, los porcentajes se reducen al 70%, 55% y 40%. Finalmente, el último lapso se concentrará entre el 15 de noviembre y el 16 de diciembre, acompañando el beneficio de la bonificación del 60%, 45% y 30%, en 1, 3 y 6 cuotas respectivamente.

No obstante las facilidades y beneficios mencionados, es relevante subrayar que la falta de pago de dos o más cuotas, consecutivas o alternadas, o la falta de pago de una cuota luego de transcurridos noventas días desde la fecha de vencimiento, implicará la automática caducidad del plan, imputándose los importes abonados de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario Municipal. Asimismo, los pagos realizados fuera de término de las cuotas del plan, devengarán los intereses y recargos pertinentes que establezcan las ordenanzas vigentes al momento.