Los días sábados la arteria del microcentro lujanino, caracterizada por su importante aglomeración y circulación de personas, se convertirá en peatonal con la finalidad de descomprimir la concentración de público y cumplir con el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La Municipalidad de Luján de Cuyo continúa tomando medidas preventivas para evitar eventuales infecciones y combatir de manera consistente la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19). En esta línea. El Intendente Sebastián Bragagnolo determinó transformar en peatonal la calle Colombres, en el tramo comprendido entre Av. San Martín y  calle Santa María de Oro.

La intención de esta disposición -considerando que la arteria es una de las que posee mayor concentración de ciudadanos en el microcentro lujanino- es descomprimir los focos de aglomeración civil para favorecer el distanciamiento social. En paralelo, en las inmediaciones de la calle, también se profundizará en la implementación de las medidas preventivas sugeridas por los protocolos sanitarios.

El corte se realizará de 10 a 15hs, teniendo en cuenta que es la franja horaria con mayor caudal de vecinos. A esta propuesta también se suma la instalación de dos sanitizadores manuales y de uso gratuito, la realización de operativos de control a cargo de la cuadrilla de inspectores de COVID-19 y la supervisión de personal de Industria y Comercio solicitando los DNI para verificar la terminación numérica correspondiente. Previamente a interrumpir el tránsito en la arteria, el Municipio realizará una desinfección integral en el interior y alrededores de la calle.

Esta acción, que se incorpora al cúmulo de medidas sanitarias preventivas que viene desarrollando la comuna en el marco de la pandemia, se decidió luego de realizar un relevamiento general en los puntos neurálgicos del centro del departamento y determinar que la calle Colombres -por su importante actividad comercial- es una de las más utilizadas por la población. Para los comerciantes instalados en la zona, la comuna sugiere que realicen las actividades de carga y descarga de mercadería en un horario anterior o posterior al establecido.