LOS ADJUDICATARIOS DE IPV DE LUJÁN PODRÁN ESCRITURAR SUS VIVIENDAS A PESAR DE DEUDAS MUNICIPALES Y ESTARÁN EXENTOS DEL IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA
En la primera sesión del año, el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo aprobó una ordenanza clave para los adjudicatarios de viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). La nueva normativa permitirá que los beneficiarios puedan escriturar sus propiedades, incluso si mantienen deudas con la Municipalidad, y estarán exentos del impuesto a la transferencia.
El proyecto, presentado por el concejal Guillermo Trentacoste, establece que los adjudicatarios podrán celebrar la escritura traslativa de dominio, a pesar de las deudas municipales pendientes. A su vez, se especifica que la boleta de transferencia será exenta del impuesto, pero se aclara que no equivale a un certificado de libre deuda, ni implica una quita, espera o novación de las deudas, las cuales seguirán siendo exigibles.
Los escribanos intervinientes deberán dejar constancia de las deudas en la escritura traslativa mediante una cláusula específica, en la que el adjudicatario reconozca y se comprometa a regularizar las deudas ante la Municipalidad de Luján de Cuyo, ya sea mediante plan de pago o pago contado. En caso de que se detecten construcciones clandestinas o mal declaradas en el inmueble, los adjudicatarios deberán hacerse cargo de los aforos y recargos correspondientes.